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27/01/2025 06:49 hs

Cambios en la Ley de Etiquetado Frontal: ¿Qué impacto tendrá?

- 27/01/2025 06:49 hs
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El ajuste en el manual de aplicación enfrentó a sectores que alertan sobre los posibles riesgos en la salud pública con otros que defienden la medida por favorecer la competitividad internacional.
A través de la Disposición 11362/2024 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), el Gobierno nacional dispuso ahora una serie de modificaciones a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, sancionada en 2022, más conocida como la “ley de etiquetado frontal”.

Los cambios buscan flexibilizar las normas que ya se aplicaban en la publicidad de los productos y en la forma de asignarles los octógonos o sellos negros. La medida desembocará en que muchos alimentos pierdan los sellos o dejen de exhibir algunos. El cambio provocó, en general, un rechazo entre la comunidad de nutricionistas y sectores que impulsaron la ley.

Desde la Anmat y desde la cámara de empresas alimenticias se defendió el criterio.

Las etiquetas fueron diseñadas para informar sobre la composición de los alimentos de una forma clara y sencilla. Advierten la presencia de edulcorantes y los excesos en azúcares añadidos, en grasas saturadas, en grasas totales, en sodio y en calorías, de acuerdo con los límites definidos por el Decreto 151/22 y siguiendo el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

“Estas modificaciones apuntan a que el etiquetado destaque a los alimentos con agregados en su formulación. Es decir, identificar con mayor facilidad qué cantidad de azúcar, sodio, grasas, edulcorante y cafeína hay en el nutriente que contiene el producto y lo que se le agrega”, indicó la Anmat.

El organismo estatal sostuvo que las actualizaciones buscan adecuar el sistema de etiquetado a los estándares internacionales y que simplifica trámites, ya que no serán necesarias las declaraciones juradas de empresas, sino que se usará una “calculadora de sellos”.

Agregaron que con la implementación anterior, “parecía que todos los productos en el mercado tenían agregados nutrientes críticos” mientras que ahora sería más claro y los cambios incentivarían a que las empresas reformulen sus productos para evitar mostrar octógonos.

También aseguraron que los alimentos ultraprocesados (ricos en grasas, sodio y azúcar), “van a seguir teniendo la misma cantidad de sellos, a menos que los reformulen”.

Desde el anuncio de los cambios algunas empresas ya adecuaron sus packagings, pero la adaptación no será inmediata sino que dependerá del ritmo de producción. Estiman que entre fines de febrero y principios de abril empezaremos a ver los nuevos envases.

Los cambios y sus consecuencias

La principal actualización en el manual de aplicación del rotulado nutricional frontal implica que deberán colocarse sellos a los alimentos y bebidas analcohólicas que tengan agregado de azúcares y/o sodio y/o grasas como ingredientes propiamente dichos o como parte de otros ingredientes de la fórmula.

Esto significa que se analizará solo el exceso de los nutrientes críticos agregados y no aquellos que forman parte de la composición química del alimento.

Previamente, si un producto contenía al menos un nutriente crítico agregado, se evaluaba en su integridad para determinar todos sus excesos, sean parte intrínseca del alimento o no.

“Es un retroceso en la forma de evaluar el producto. Ahora se analizará solamente el nutriente que está agregado, pero el resto de excesos seguirán existiendo, solo que no se va a informar. La OMS establece los excesos de esta forma, no distingue entre los agregados y los intrínsecos porque igual perjudican la salud”, explicó a La Voz Leila Guarnieri, nutricionista e investigadora de la Federación Interamericana del Corazón (FIC).

En ese punto coincidió Rosana Forcato, presidenta del Colegio de Nutricionistas de Córdoba: “El cambio da flexibilidad a las empresas, pero para los profesionales de la salud es un retroceso en un derecho adquirido, que era el acceso a una información clara, sencilla y más práctica sobre los alimentos. Esta nueva adecuación hará que el consumidor tenga percepciones erróneas sobre la calidad nutricional global de los productos procesados”.

Declaración nutricional

Otra modificación es que en los envases se permitirá el uso de “claims” o declaraciones nutricionales, es decir, información extra de alguna propiedad específica del alimento. Colocar atributos como “light”, “rico en omega 3”, “fuente de calcio” o “fuente de vitaminas y minerales” estaba prohibido para los productos que tuvieran aunque sea un octógono.

“Solamente se prohibirán los claims asociados al sello que tiene el producto, entonces puede tener un sello de exceso en sodio pero también puede declarar ser ´fuente de vitaminas´. Eso va a disminuir la efectividad de los octógonos y generará mayor confusión en los consumidores”, sentenció Forcato.

Garnieri sumó que hay estudios que prueban cómo estas declaraciones nutricionales generan un ´halo de salud´ haciendo creer que estamos ante un producto más saludable de lo que realmente es. “Si el alimento tiene un sello es porque nosotros tenemos un problema de consumo en exceso de estos nutrientes que se sabe promueven enfermedades crónicas, como la diabetes, la hipertensión o las cardiovasculares”.

Para Forcato, la modificación más grave es que se elimina el requisito que tenían las empresas de presentar una declaración jurada ante el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega) sobre el contenido de un producto que tuviera algún sello .“Hoy solo queda confiar en lo que te dice la empresa en su rotulado”, advirtió.

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