Caso Joaquín Paredes: para los jueces, no hubo plan criminal a la hora de matar
- 08/09/2023 07:17 hs
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Se conocieron los fundamentos del fallo que condenó a perpetua a un policía y que absolvió, por la duda, a otros cinco.
Los policías que participaron en la represión que terminó con la muerte de Joaquín Paredes y con dos amigos suyos heridos, tras recibir disparos de plomo en la madrugada del 25 de octubre de 2020 en la localidad de Paso Viejo, no participaron en un plan criminal ni tuvieron un acuerdo previo a la hora de abrir fuego. No surgen pruebas concretas en la causa.
El crimen de Joaquín fue cometido por un solo policía que abrió fuego con su pistola reglamentaria como parte de una venganza tras haber recibido pedradas. Tuvo intención homicida.
Por otro lado, la reacción policial debe encuadrarse en un operativo contra jóvenes que no estaban cumpliendo con las restricciones de la cuarentena y que reaccionaron con pedradas cuando fueron advertidos por los uniformados que debían marcharse a sus hogares.
Asimismo, el crimen de Joaquín Paredes no fue un caso de violencia institucional como el de Blas Correas, ya que en el episodio de Paso Viejo no hubo una acción delictiva integral por parte de la fuerza policial.
Estas y otras conclusiones surgen de los fundamentos del fallo de la Cámara del Crimen de Cruz del Eje que, hace dos semanas, condenó a prisión perpetua al policía Maykel Mercedes López tras hallarlo culpable de homicidio calificado por el crimen de Joaquín y por tentativa de homicidio calificado.
En el mismo fallo, el tribunal absolvió a otros cuatro policías que habían llegado al banquillo por el crimen y a un quinto efectivo por amenazas.
Los fundamentos del fallo de los jueces Ángel Andreu, Ricardo Arístides Py y Javier Rojo se conoció este jueves.
En los fundamentos, los jueces destacan como “positivo” que un alto jefe policial haya dado expresas instrucciones a subordinados –por celular– para que “no inventen nada” ni “planten pruebas ni un fierro”.
El fallo será apelado ante el Tribunal Superior de Justicia por la parte querellante, en representación de la familia de la víctima, y posiblemente por la fiscalía.
Vale señalar que la fiscal de Cámara, Fabiana Pocchettino, y los querellantes Claudio Orosz y Ramiro Fresneda habían reclamado perpetua para cinco policías al considerar que hubo un plan criminal durante la represión en Paso Viejo. Los magistrados cuestionan falta de pruebas de la fiscalía.
En su sentencia, los jueces remarcan (y lo hacen varias veces) que en 2020 regía la cuarentena y un decreto nacional que impedía movilizarse y salir a las personas a las calles por la pandemia.
En ese punto, los jueces insisten que en la plaza de Paso Viejo había jóvenes reunidos que violaban esa cuarentena y los policías fueron a hablar para que desistieran y volvieran a sus hogares. Señalan que había llamados de vecinos a la comisaría.
También remarcan que los jóvenes hicieron caso omiso y que había un joven de 28 años que incitaba a resistir y enfrentarse con la Policía.
Los jueces señalan que correspondía que los policías accionaran contra el encuentro de jóvenes y se afirma que fue una conducta “preventiva y disuasoria” incompatible con la del “complot delictivo endilgado” por la fiscalía.
Se señaló que los disparos con balas de goma fueron “razonables”.
El tribunal entendió que el policía Maykel Lópéz disparó con su arma reglamentaria por lo menos tres veces. Uno de esos impactos dio por la espalda contra Joaquín (a 18,70 metros) y lo mató.
“Los tres disparos efectuados por López fueron concretados con la intención de dar muerte”, resaltaron los magistrados, quienes señalaron que fueron hechos a zonas vitales.
“Logró concretar sólo una parte de su designio criminal, debido a que los otros dos disparos no ocasionaron la muerte de dos víctimas más por causas a él ajenas (…). A la vez realizó su conducta contrariando lo que le indicaban las enseñanzas que había recibido como policía, lo que le marcaba la ley y el sentido común”, se indicó.
Tras el fallo en el caso Paredes, ya son 14 los policías condenados por tres “gatillos fáciles” de 2020. En un párrafo, el juez Andreu señala que la conducta de López “no constituyó una defensa sino una venganza ante las lesiones sufridas”.
Acto seguido, los magistrados señalan que la “prueba fue insuficiente” para acreditar que los policías se hayan puesto de acuerdo en un plan criminal.
“Ningún elemento directo ni indirecto fue aportado para sostener esas afirmaciones. De las conductas previas, contemporáneas y posteriores tampoco surgió indicio alguno”, se remarcó y se indicó que se analizaron celulares de acusados y superiores.