Indemnizan por daño moral a la novia de un joven fallecido aunque no convivían
- 31/12/2025 09:12 hs
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El Juzgado de Competencia Múltiple determinó que la muerte de David Serangel, ocurrida en 2020, truncó un "proyecto de vida familiar". A pesar de llevar solo cuatro meses de noviazgo y no compartir techo, el juez valoró el embarazo de la mujer como un vínculo afectivo determinante.
En una sentencia que sienta un precedente relevante en la justicia civil provincial, el juez Claudio Gómez otorgó una indemnización millonaria a la pareja de un joven fallecido en un siniestro vial. La resolución destaca que el derecho a la reparación debe basarse en la existencia de un interés legítimo y un vínculo afectivo real, más allá de las formalidades de convivencia.
El accidente: Choque frontal en la Ruta 58
El caso se remonta al 29 de diciembre de 2020, cuando David Serangel murió en el acto tras ser embestido de frente por una camioneta Volkswagen Amarok que invadió su carril. El hecho dio origen a una demanda civil por responsabilidad en accidente vial contra el conductor del vehículo mayor.
La aseguradora cuestionó que la novia pudiera reclamar, ya que el Código Civil suele limitar este derecho a herederos o convivientes. Sin embargo, el magistrado rechazó esta postura basándose en:
Proyecto de vida interrumpido: Al momento del choque, la mujer estaba embarazada. El juez consideró que el fallecimiento frustró la formación de una familia ya asumida por el joven.
Vínculo afectivo real: El fallo sostiene que la brevedad del noviazgo o la falta de cohabitación no anulan el sufrimiento profundo ni el derecho a la reparación integral.
Ampliación de derechos: Se aplicó una visión constitucional que protege los vínculos familiares y los intereses legítimos, independientemente de si los integrantes viven bajo el mismo techo.
El tribunal condenó a los responsables a pagar las siguientes sumas:
$10.000.000 a favor de la novia del joven fallecido, únicamente por el concepto de daño moral.
$42.000.000 destinados al hijo de la pareja, cubriendo alimentos futuros, lucro cesante y daño moral.