El organismo confirmó los límites que empiezan a regir desde el 1° de mayo desde cualquiera de las aplicaciones.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) determinó nuevos topes para realizar transacciones a través de billeteras virtuales. Los límites informados empezarán a regir desde el 1° de mayo al utilizar cualquiera de las aplicaciones.
El objetivo del ente recaudador es establecerlos y hacer que las billeteras informen de forma obligatoria cuando alguien se excede. Así se podrá determinar el origen de los fondos, y de esta manera, comprobar si son lícitos o no.
Todas las billeteras virtuales se encuentran reguladas bajo las normativas de la Afip y son las responsables de hacer cumplir los nuevos topes. Los usuarios, por su lado, deberán estar conscientes de estos números para evitar problemas con el organismo.
Topes desde el 1° de mayo
- Los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no se reportarán a la Afip.
- Los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la Afip.
- En cuanto a transacciones individuales, se reportarán a la Afip cuando superen los $400.000.
Qué pasa si se excede el límite
Hoy por hoy las billeteras virtuales son una parte importante en las personas y cada vez son más utilizadas para pagar todo, desde comida hasta alquileres y otros servicios.
Según se detalló, las aplicaciones tienen la obligación de informar a la Afip cuando algún cliente exceda los montos antes mencionados.
Si se super el límite, el ente recaudador evaluará la situación fiscal del contribuyente con el objetivo de evitar irregularidades.
Si es necesario, solicitará que el usuario demuestre el origen de los fondos que fueron utilizados en esa operación. Si existe intimación de la Afip, el contribuyente deberá presentar recibos de sueldo, facturas u otras pruebas para aclarar su situación.
En última instancia, el fisco podrá cerrar la cuenta del usuario y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) si no se cumplen las condiciones.
Cabe destacar que todos estos informes son responsabilidad de la Afip, que se comunicará con el usuario a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación.