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Edición del 08 / 09 / 2026
               
08/09/2026 20:54 hs

Córdoba: el Estado pagará una millonaria indemnización por intercambiar dos bebés al nacer

Córdoba - 08/09/2026 20:54 hs
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La Justicia determinó que el Estado provincial deberá indemnizar a tres mujeres tras confirmarse por pruebas genéticas que dos niñas fueron entregadas a familias equivocadas al nacer. El error en la maternidad fue advertido 46 años después.
El juez en lo Civil y Comercial de 35° Nominación de la ciudad de Córdoba, Mariano Díaz Villasuso, condenó al Estado provincial a indemnizar a tres mujeres por el daño moral derivado de un intercambio de bebés ocurrido en 1977 en un hospital provincial. Las dos afectadas —hoy adultas— y la madre de una de ellas recibirán sumas de entre 25 y 30 millones de pesos, más intereses, al acreditarse que las recién nacidas fueron entregadas a familias biológicas equivocadas por negligencia o error del personal sanitario.

La equivocación salió a la luz 46 años después a raíz de un proceso iniciado ante la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI). Mediante análisis de ADN, este procedimiento permitió confirmar tanto la ausencia de lazo biológico de una de las mujeres con su familia de crianza como la verdadera filiación con otra mujer nacida el mismo día y en la misma maternidad.

En la resolución, el magistrado fundamentó la responsabilidad estatal bajo la figura objetiva de "falta de servicio". Según expuso Díaz Villasuso, la obligación de un centro de salud no solo implica brindar los medios para el parto, sino que impone la responsabilidad estricta de entregar los recién nacidos a sus verdaderos padres. Además, remarcó que la situación vulneró el derecho a la identidad personal y familiar, generando un impacto severo al privar a las damnificadas de desarrollarse en sus hogares de origen.

Asimismo, la sentencia descartó que el hecho mantuviera vinculación con la última dictadura cívico-militar. Si bien el centro de salud integró el circuito represivo de la época, los perfiles genéticos no mostraron coincidencias con el Banco Nacional de Datos Genéticos y se acreditó que las madres ingresaron al establecimiento de manera voluntaria para dar a luz.

Finalmente, el juez consideró el agravante irreparable que supuso el paso del tiempo, dado que dos padres y una madre del grupo familiar fallecieron antes de conocer la verdad, impidiendo de forma definitiva su revinculación biológica.

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